Guatemala, 15 mayo del 2009
Señores
Unidades Compradoras
Entidades del Sector Público
Ciudad
Señores:
Derivado de la actualización del sistema GUATECOMPRAS y la publicación del la resolución 30-2009, publicada en el Diario de Centro America el día 07 de Abril del 2009, se les informa que a partir del día 18 de mayo de los corrientes todo usuario con perfil comprador que utilice el portal vera los siguientes cambios:
· EN RELACION A LA PUBLICACION DE LOS CONCURSOS;
o Se deberá elegir la modalidad de compra para la publicación de nuevos concursos,
o En base a la modalidad de compra el sistema validará las fechas para la recepción de ofertas así como los montos al momento de adjudicar el concurso.
o En las opciones de consulta de concursos se incluyó un filtro de búsqueda por modalidad,
o Para los concursos de vinculación según Acuerdo Ministerial 01-2006 del 27 de enero de 2006, deberán utilizar la modalidad de compra denominada: Excepción y otros procedimientos,
o En el caso que sea aplicado el artículo 32 de la Ley de Contrataciones del Estado deberá finalizarse el NOG respectivo con el estatus de Finalizado Desierto y deberá crearse otro evento en la modalidad denominada: Compra directa por ausencia de ofertas, la cual solicitará el NOG que origino este tipo de publicación, mismo que solo podrá utilizarse una vez.
o Para los usuarios que no pertenezcan a entidades del sector público, al momento de crear el concurso, el sistema validará si este concurso se sujetará o no a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, así como la Entidad del sector publico beneficiaria con la compra que se realice en el evento respectivo.
· EN RELACION A LOS USUARIOS
o El usuario comprador padre no podrá crear usuarios compradores del perfil padre (disponible esta opción solo para la DNCAE como administrador del sistema y solo se podrá crear un usuario comprador padre por entidad)
o El usuario comprador hijo no podrá crear usuarios (ahora solo los padres pueden crearlos)
o Al momento de crear nuevos usuarios es obligatorio la inclusión del campo NIT en el campo específico que el sistema muestra. En base a este NIT se establece el nombre del usuario sin que pueda modificarse posteriormente
o Al momento de crear nuevos usuarios es obligatorio la inclusión del campo CÉDULA DE VECINDAD en el campo específico que el sistema muestra..
o Los usuarios compradores hijo podrán responder inconformidades y crear inhabilitaciones.
· EN RELACION AL REGISTRO DE ENTIDADES COMPRADORAS
o La búsqueda de entidad compradora se redefinió de acuerdo a la estructura que tiene el manual de clasificación presupuestaria, por lo que para la creación en Guatecompras de una entidad pública previamente deberá registrase con la ley que acredite su personalidad, en la Dirección Técnica del Presupuesto.
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